¿Qué me toca si me despiden injustificadamente?

Si ya pasaste o te encuentras en una situación de despido injustificado esto te interesa para obtener mejores acuerdos o inclusive la restitución de tu puesto en la empresa, más una compensación por perjuicios a la moral.

Si el despido tuyo fue injustificado, como trabajador podrás solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que se te reinstale en el trabajo que desempeñabas o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario a la fecha en que se realice el pago  según el Artículo 48 de la LFT.

En caso de proceder legalmente se te debe pagar los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta por un máximo de 12 meses o lo que dure el juicio.

Si al término de este plazo no has concluido el procedimiento o no se ha dado cumplimiento al laudo, se te pagará  los intereses que se generen sobre el importe de 15 meses de salario, a una tasa de 2% mensual, capitalizable al momento del pago.

En caso que la relación de trabajo fuese por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá de 20 días de salario por año de servicio prestado, más las prestaciones de Ley.

Ten en cuenta que si el despido es injustificado, cuentas con dos meses para demandar a tu patrón por dicha acción, a partir del día siguiente en que ocurrió, de acuerdo con el Artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Qué te corresponde?

Por lo menos debes recibir tres conceptos: finiquito, prima de antigüedad correspondiente e indemnización de tres meses de salario. En algunos casos, la indemnización incluye 20 días de sueldo por cada año trabajado

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A veces sucede que los patrones no están familiarizados con la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre el monto de dinero y el momento en el que tienen pagar estos conceptos. Si fuera el caso y tú sí lo conoces ayúdale a que cubra la cuota para tener una separación exitosa. Este desconocimiento los puede llevar a incurrir en violaciones que sean objeto de juicios laborales, cuestión que es muy tediosa para ambas partes.

Por ley te corresponde reclamar lo siguiente:

  1. Tres meses de salario por concepto de indemnización Constitucional.
  2. La prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado. Tomando como base para el pago de esta prestación el doble del salario mínimo, en caso que el trabajador perciba un salario superior a este.

Además, tienes derecho al pago de tus partes proporcionales de:

  1. Aguinaldo.
  2. Vacaciones y prima vacacional.
  3. Prestaciones que hayas generado y que no te hayan cubierto aún.

En caso de que no quieras lo anterior y si mantener tu trabajo esto te corresponde:

  1. El pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo generados hasta la fecha de reinstalación.
  2. El reconocimiento de la antigüedad durante todo el tiempo que dure el juicio.
  3. Los ascensos escalafonarios (subir de nivel en tu empleo).
  4. A los salarios caídos desde la fecha del despido hasta la fecha en la que seas realmente reinstalado.
  5. A la continuación del pago de las aportaciones al sistema de ahorro para el retiro.

Ahora ya sabes, recibe lo justo la ley te ampara.

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