El aguinaldo, un imperdible de diciembre

El aguinaldo es un dinero extra con el cual muchos de nosotros soñamos y más cuando ya se acerca fin de año, donde todo empieza a costar más y las cosas se ponen más complejas.

Como consejo de Presty queremos que disfrutes de tu aguinaldo y no lo derroches en cosas perecederas o de fácil deshecho, ten en cuenta que los precios se alzan en enero, causando preocupación entre las familias.

El dinero que recibas como aguinaldo puede servirte mucho para celebrar las fiestas. Pero también podría serte útil para pagar deudas, invertir en un proyecto, cubrir gastos en educación o complementar el dinero para una adquisición para la cual hayas estado ahorrando.

Por ello, es importante que planees lo que harás con tu dinero, a fin de invertirlo sabiamente. Recuerda que es fruto de tu esfuerzo y dedicación.

Fundamento legal del aguinaldo

Se trata de una remuneración anual a la que tienen derecho los empleados de toda empresa, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, y que deben pagar antes del 20 de diciembre de cada año.

“Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.

Es decir que, aunque no hayas trabajado el año completo, siempre puedes recibir un aguinaldo.

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¿Cuáles son las diferencias entre sector privado y público?

Si trabajas en el sector privado es posible que recibas menos que en el público, pero depende también de la antigüedad que tengas en tu empleo.

La ley dice que te corresponden 15 días de salario, por lo que lo único que debes saber es cuánto te pagan por una quincena.

Por ejemplo: Si llevas un año laborando en una empresa y tu sueldo es de $15,000, obviamente tu aguinaldo corresponde a $7,500.

Si trabajas en el sector público la cosa es diferente, el aguinaldo es por 40 días hábiles.

Por ejemplo: si ganas 25 mil pesos debes dividir esa cantidad entre 30, multiplicar por 40 y obtendrás el resultado de 33,333 pesos.

Ejemplo

$25,000 / 30 = $833.333 x 40 = $33,333.33

Algo que no debes olvidar

El SAT sí hace retención de Impuesto sobre la Renta, debido a que hacienda lo considera un ingreso.

¿Qué hacer si no me lo dan en tiempo?

Inicias un juicio o conciliación a través de la Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) la cual comenzará la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

La Profedet ofrece orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, así como el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx o bien, de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

Además, la Secretaría del Trabajo habilitó para recibir quejas el número telefónico gratuito 3000 2700, extensiones 65338 y 65388, y el correo inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos.

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