¿Qué es el IEPS?

El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), es el impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolina, alcohol, cerveza y tabaco.

Al igual que el IVA es un impuesto indirecto, esto quiere decir que los contribuyentes no lo pagan directamente, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes, quienes lo declaran ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El IEPS es regulado bajo la Ley con este nombre y el porcentaje que se aplicará a la tasa y cuotas, se puede revisar en el Artículo 2º de dicha ley, en los siguientes incisos se desglosan:

A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza

1. Con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L. ……………………….26.5%

2. Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L. ……. 30%

3. Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L ……………………….53%

B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables ……………50%

C) Tabacos labrados ……………………………………………………………………. 160%

1. Puros y otros tabacos labrados…………………………………………………… 160%

2. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano…………. 30.4%

D) Combustibles automotrices:

1. Combustibles fósiles Cuota Unidad de medida

a. Gasolina menor a 92 octanos ………. 4.81 pesos por litro.

b. Gasolina mayor o igual a 92 octanos 4.06 pesos por litro.

c. Diésel ……………………………………….. 5.28 pesos por litro.

2. Combustibles no fósiles ………………….. 4.06 pesos por litro.

¿Cuándo se realizan los pagos del IEPS?

Estos se pagan de forma mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Según la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, se actualizan las cuotas que se especifican en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y serán vigentes a partir del 1 de enero de 2019.

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Las cuotas que se actualizaron para el año 2019 fueron principalmente las tasas de los combustibles, todos los rubros restantes se mantuvieron con respecto al año 2018.

¿Quiénes pagan el IEPS?

Los sujetos que pagan el IEPS son personas físicas o morales que enajenen los siguientes bienes:

  • Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
  • Tabacos labrados
  • Diesel
  • Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes

Es decir, las personas físicas o morales que vendan estos bienes estarán obligadas al pago del IEPS.

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